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Documentación judicial


i- Criterios de identificación de Judiciales (PRJs)


La clasificación del material textual relacionado con el ejercicio de la justicia y con la resolución de disputas para el período altomedieval plantea una problemática especial debido a la inexistencia de actas y archivos judiciales en el sentido actual. Reconocer la diversidad de formas documentales en las que se ha transmitido dicha información ha sido uno de los aspectos clave en la confección del corpus que presentamos. Ha supuesto cuestionar la tipología tradicional y elaborar otra que fuera operativa al objetivo de rastrear cualquier indicio escrito para un mejor conocimiento del tema a estudiar. A continuación se indican los tipos de documentos que consideramos judiciales o, en un sentido más amplio, relativos a disputas. Contienen información muy dispar, a veces indirecta o incidental y otras que registra lo que supuestamente fue un proceso judicial de forma mucho más directa e inmediata. Este modo de rastrear e indagar la información de las prácticas de resolución da como resultado un número mayor de estos documentos 'judiciales' del usualmente reconocido, pero sobre todo significa una expansión del horizonte de evidencias acerca de las tensiones, disputas y formas de resolución de las mismas respecto al que se ha venido trabajando hasta ahora.


Tipología operativa de los textos de disputa

Transacciones no Judiciales (+)

Documentos de transacciones (donaciones, compraventas o permutas) cuya información judicial es indirecta e incidental. Las alusiones suelen ser muy escuetas, sin indicar una causa determinada.

Transacciones Judiciales (+)

Documentos de transacciones (formuladas las más de las veces, pero no solo, como donaciones y ventas) que se relacionan de modo explícito con algún tipo de diputa y/o acción judicial.

Pleitos (+)

Documentos cuyo objetivo explícito es informar de modo amplio sobre un litigio. Son por su mayor formalización, como ya indicamos, los únicos reconocidos como diplomas judiciales en las tipologías habituales, porque con un carácter narrativo muy acusado ilustran con más detalles acerca de los pormenores procesales. La expresión común que los identifica es la de intentio que da paso a la descripción del conflicto y a los procedimientos seguidos hasta su resolución. Y es intentio, en vez de placito, el término que proponemos utilizar como sinónimo de pleito. Es cierto, sin embargo, que en la documentación de Cataluña y, más raramente en la de Aragón, el término placito, puede tener varios significados. Los más conocidos son: 1) pacto o acuerdo; 2) asamblea que juzga, y 3) juicio, pleito o litigio.
Estos diplomas, de contenido muy diverso por la información que ofrecen sobre los litigantes, por el objeto y motivos que los enfrentan, por los argumentos y pruebas con que defienden sus demandas, por el foro ante el que acuden, o por los mecanismos mediante los que se resuelven y garantizan las resoluciones, son los que posibilitan una mayor profundización en el conocimiento de las prácticas judiciales en las sociedades de que se trate.

Confesiones (+)

Categoría bajo la que se reúnen aquellos documentos que registran la declaración de una de las partes reconociendo su culpabilidad o la ilegalidad de la demanda que ha interpuesto. Los términos utilizados para referirse a esta acción son agnitio y manifestum, pero también recognitio, professio o exvacuatio. Las confesiones como tales, aisladas en piezas documentales, son muy escasas, porque en general van incluidas en diplomas con formato diferente.

Placitos - Pactos - Acuerdos (+)

Se agrupan bajo estos términos, y otros con el mismo significado, los diplomas cuyo contenido específico es el establecimiento de un compromiso o acuerdo que en la esfera judicial puede tener distintos fines: comparecer en un juicio; presentar determinadas pruebas; o garantizar el cumplimiento de una resolución que, en sí misma, puede ser un acuerdo. No siempre está claro que tengan carácter judicial pero sí que responden a situaciones de tensión. El término generalizado es el de placito, sobre todo con el significado de compromiso de una de las partes para actuar conforme a alguno de los sentidos señalados. En general, tienen un carácter unilateral, pero también los hay bilaterales.

Validaciones judiciales (+)

Documentos en los que se registra la confirmación por la autoridad política de documentos anteriores. Revisten la forma de un reconocimiento (agnitio) de la veracidad de los mismos realizada en asambleas públicas. Predominan las de carácter regio.

Noticias e Inventarios (+)

Con esta denominación aparecen en los propios diplomas estos dos diferentes formatos, que registran informaciones muy variadas.